
La ilustración generada por inteligencia artificial de un personaje infantil en un entorno inesperado puede parecer una anécdota. Sin embargo, cuando el personaje es reconocible y está protegido por derechos de autor, surgen preguntas legales y éticas de mayor calado.
Axel Scheffler, ilustrador de los libros del Gruffalo, ha dicho que está considerando emprender acciones legales contra empresas de inteligencia artificial. Su preocupación se suma a la de otros artistas que cuestionan cómo se utilizan sus obras y personajes en los sistemas generativos.
El debate suele centrarse en si las empresas pueden usar material protegido para entrenar sus modelos. Algunas han defendido esa práctica invocando la doctrina estadounidense del *fair use*. Pero hay otra cuestión distinta: ¿qué ocurre cuando un generador de imágenes produce una representación reconocible de un personaje con derechos de autor?
Para explorar hasta qué punto los modelos actuales pueden generar imágenes parecidas al Gruffalo, probé las herramientas de creación de imágenes de ChatGPT y Gemini.
## ChatGPT: límites y una alternativa cercana
Ante una petición directa para recrear al Gruffalo, ChatGPT rechazó la solicitud. Después, probé con una descripción de un monstruo original del bosque: pelaje marrón y desgreñado, cuernos curvos, ojos anaranjados, púas moradas, una cola larga y una verruga verde en la nariz, dentro de una escena de cuento ilustrada.
El resultado no era el Gruffalo. La criatura tenía un aspecto algo más estilizado y amistoso, aunque algunos de sus rasgos evocaban inevitablemente al conocido personaje. Esto plantea una pregunta difícil: ¿hasta qué punto una imagen debe parecerse a una obra protegida para que pueda considerarse una infracción? La respuesta depende de los hechos y, en última instancia, de cómo interpreten la ley los tribunales.
## Gemini: resultados mucho más reconocibles
Con Gemini, la experiencia fue diferente. Al introducir la misma descripción, el sistema generó una imagen que se parecía mucho al Gruffalo e incluso incluyó al Ratón.
A continuación, probé instrucciones más explícitas, como pedir una imagen de la cubierta del primer libro del Gruffalo, publicado en 1999. El resultado tomó ciertas libertades con la composición, pero seguía remitiendo claramente a la obra original.
También solicité un cartel para un evento de Oktoberfest inspirado en el Gruffalo. La imagen mostraba al personaje con pantalones de cuero tradicionales, sosteniendo un pretzel y una jarra de cerveza. La prueba sugiere que, al menos en estas circunstancias, Gemini pudo generar una representación reconocible del personaje incluso cuando la petición mencionaba expresamente que estaba protegido por derechos de autor.
## Una diferencia que merece atención
Que una herramienta genere una imagen no determina por sí solo si se ha producido una infracción. Esa valoración corresponde a los tribunales y dependerá, entre otros aspectos, del resultado concreto, del uso que se haga de él y de la legislación aplicable. Aun así, es comprensible que los creadores se preocupen al ver cómo se representan sus personajes sin su participación o autorización.
La diferencia entre las respuestas de ChatGPT y Gemini también resulta significativa: una herramienta rechazó la petición directa y la otra produjo imágenes muy reconocibles. Si es posible incorporar límites para reducir la generación de personajes protegidos, cabe preguntarse qué medidas están adoptando las empresas y con qué consistencia.
El debate sobre la IA y los derechos de autor no se limita a los datos utilizados para entrenar modelos. También abarca lo que esos sistemas pueden producir y las responsabilidades que surgen cuando el resultado se acerca de forma evidente a una obra protegida. Para artistas como Axel Scheffler, la respuesta a esas preguntas podría tener consecuencias importantes.
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